
Las calificaciones de sostenibilidad han ido ganando poder en silencio en los últimos años. Influyen en qué empresas entran en índices, en cómo se percibe el riesgo de un bono o en qué productos se venden como sostenibles a clientes minoristas. Sin embargo, quienes ponen la nota han operado en un terreno poco regulado, con metodologías opacas y reglas dispares según el proveedor.
Con el Reglamento (UE) 2024/3005 sobre la transparencia e integridad de las actividades de calificación ASG (por ambiental, social y de gobernanza), la Unión Europea ha dejado claro que ya no vale seguir funcionando sin reglas comunes: define qué es una calificación ASG, establece requisitos comunes y traslada a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) la supervisión directa de los proveedores.
En el actual mercado apenas había supervisión nacional, con importantes divergencias entre Estados miembros, falta de transparencia metodológica, conflictos de interés y dificultades para comparar calificaciones. Todo ello, según el texto de del Reglamento, creaba obstáculos al funcionamiento del mercado interior y podía distorsionar decisiones de inversión.
Esta nueva norma entró en vigor el 1 de enero de 2025, pero su aplicación efectiva se retrasa hasta el 2 de julio de 2026, fecha a partir de la cual los proveedores que operen en la Unión deberán estar autorizados o reconocidos por ESMA o, como mínimo, haber notificado su intención de seguir operando y estar en proceso de autorización.
Además, el Reglamento impone a ESMA la elaboración de varias normas técnicas de desarrollo, conocidas como normas técnicas de regulación, que concretan cómo deben solicitar la autorización los proveedores, qué información deben divulgar, de qué manera deben separar actividades potencialmente conflictivas y cómo deben organizar su gobernanza interna.