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Las resoluciones de la ONU reconociendo que un medio ambiente sano es un derecho humano representan un logro histórico que dota a todas las personas de una herramienta fundamental para exigir responsabilidades a sus gobiernos, a los grandes contaminadores y a todos los responsables de los daños medioambientales.
El pasado mes de julio de 2022, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció que un medio ambiente limpio, sano y sostenible es un derecho humano. Este reconocimiento siguió a la Resolución 48/13 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que reconoció el derecho en octubre de 2021.
En la actualidad, más de 100 países ya reconocen el derecho a un medio ambiente sano en sus constituciones u ordenamientos jurídicos. Con esta Resolución (aunque no es jurídicamente vinculantepara los 193 Estados miembros de la ONU) se espera que se genere un efecto de goteo e impulse nuevas medidas legales por parte de los Estados para hacer efectivo este derecho.
Por tanto, esta Resolución marca un antes y un después, no sólo en la propia protección de ese derecho sino también de otros derechos humanos interdependientes e indivisibles que dependen de él, y han sido el resultado del compromiso de los Estados en cuestiones medioambientales, muchos años de defensa y colaboración por parte de instituciones nacionales de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil, pueblos indígenas, niños y jóvenes, y actores empresariales, entre otros, y el apoyo de entidades de la ONU.
Para mejorar la comprensión del derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible y su importancia real, se acaba de publicar una nota informativa por parte la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OHCHR), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP).
¿Qué implicaciones tiene el reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano?
Aunque no existe una definición universalmente aceptada del derecho a un medio ambiente sano, en general se entiende que este derecho incluye elementos sustantivos y de procedimiento.
Dentro de los elementos sustantivos están el aire limpio; un clima seguro y estable; acceso a agua potable y saneamiento adecuado; alimentos sanos y producidos de forma sostenible; entornos no tóxicos en los que vivir, trabajar, estudiar y jugar; y biodiversidad y ecosistemas sanos.
Por su parte, en los elementos de procedimiento se incluyen el acceso a la información, el derecho a participar en la toma de decisiones y el acceso a la justicia y a recursos efectivos, incluido el ejercicio seguro de estos derechos sin represalias.
El reconocimiento de un derecho humano por parte de la Asamblea General ha tenido en el pasado un efecto catalizador en los esfuerzos de los Estados para garantizar el disfrute del derecho en sí, y se espera que lo mismo suceda con el derecho a un medio ambiente sano.
Así, se generará un mayor entendimiento de cómo la degradación del medio ambiente amenaza el disfrute de todos los derechos humanos y cómo el ejercicio éstos contribuye a una mejor protección del medio ambiente, generándose un ciclo virtuoso.
También se espera un mayor reconocimiento jurídico del derecho en los países que aún no lo reconocen y un fortalecimiento de los mecanismos para garantizar la protección de los defensores de los derechos humanos medioambientales.
Por su parte, el sector privado se deberá sentir apelado a aumentar su responsabilidad de respetar el derecho a un medio ambiente sano, incluso a través de sus cadenas de suministro y de la diligencia debida en materia de derechos humanos.
Por último, también se promoverá la participación libre, activa y significativa del público y de las poblaciones afectadas en cuestiones relacionadas con el derecho a un medio ambiente sano, y se generará un mayor apoyo a una respuesta mejorada e integrada a la crisis planetaria (marcada por el cambio climático, la pérdida de biodiversidad y naturaleza, y la contaminación) por parte de los Estados y del sistema de las Naciones Unidas.
Los Estados deben actuar como principal fuerza motriz para el cumplimiento de este derecho
La Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre el derecho a un medio ambiente sano, así como su reconocimiento e inclusión en los marcos jurídicos nacionales, representa sólo el principio de la acciónnecesaria para garantizar el disfrute efectivo de este derecho por todos.
Lo que suceda a continuación dependerá de cómo respondan y cumplan los Estados y otras partes interesadas en la integración en la toma de decisiones y las políticas interdisciplinarias, como el desarrollo, la conservación, la educación y la formación.
Así, los Estados como principales garantes de derechos tienen la obligación de respetar, proteger y promover los derechos humanos, incluso en todas las acciones emprendidas para hacer frente a los desafíos medioambientales, y de tomar medidas para proteger los derechos humanos de todos, incluyendo medidas adicionales para aquellos que son particularmente vulnerables a la degradación del medio ambiente.
Lo anterior implica adoptar las reformas constitucionales, legislativas y políticas adecuadas, así como reforzar la capacidad de ampliar los esfuerzos para garantizar un medio ambiente sano para todos, y garantizar que quienes lo necesiten tengan acceso a la justicia y la reparación.
Asimismo, los Estados deben cooperar a nivel internacional para hacer efectivo el derecho a un medio ambiente sano para todas las personas, adoptando o adhiriéndose a acuerdos multilaterales para su protección.
Los demás grupos de interés también deben colaborar para asegurar el derecho a un medio ambiente sano
Más allá de los Estados, existen otras partes interesadas totalmente necesarias para la aplicación de este derecho, como son las instituciones nacionales de derechos humanos, los tribunales y mecanismos de supervisión, las empresas, las instituciones financieras de desarrollo, las organizaciones de la sociedad civil o la propia ciudadanía.
Por ejemplo, los tribunales internacionales, regionales y nacionales deben tomar medidas activas para respetar, proteger y cumplir el derecho a un medio ambiente sano, y han de garantizar los recursos efectivos en caso de violación del derecho, en consulta con las personas y comunidades afectadas.
Lo anterior es algo que en parte ya estaba en marcha antes de las resoluciones. En 2019, a raíz de una demanda interpuesta por un grupo ecologista, el Tribunal Supremo de los Países Bajos ordenó al gobierno holandés que hiciera más para reducir las emisiones de carbono, alegando que el cambio climático era una amenaza directa para los derechos humanos.
Y más recientemente, el Tribunal Supremo de Brasil declaró que el acuerdo de París sobre el cambio climático es un tratado de derechos humanos, afirmando que el pacto debe prevalecer sobre la legislación nacional. Sus defensores confían en que la última resolución de la Asamblea General conduzca a más decisiones como éstas.
En el caso de la ciudadanía y como titulares de derechos, los individuos, incluidos los jóvenes, desempeñan un papel crucial en la realización del derecho a un medio ambiente sano para las generaciones presentes y futuras.
Lo hacen participando en los procesos de toma de decisiones medioambientales y exigiendo responsabilidades a los responsables políticos y a las empresas a través de la movilización, las denuncias ante los órganos de control y los litigios.
En definitiva, la Resolución de la ONU sitúa el derecho a un medio ambiente sano en el centro de la lucha contra la actual emergencia planetaria, un reconocimiento que es ahora más importante que nunca y un imperativo para poder alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Nota: este artículo fue previamente publicado en Revista Haz el 12-4-23.