
La Unión Europea ha reforzado su compromiso con los derechos humanos y laborales mediante la aprobación del Reglamento (UE) 2024/3015 recientemente publicado. Esta normativa establece un marco jurídico innovador que prohíbe la comercialización de productos fabricados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso en el mercado europeo.
El propósito principal de esta regulación es alinear al mercado europeo con los principios éticos establecidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), particularmente la meta 8.7, que aboga por la eliminación del trabajo forzoso, la esclavitud moderna y la trata de personas.
Teniendo en cuenta que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), más de 27,6 millones de personas son víctimas de estas prácticas en el mundo, este reglamento marca un hito en los esfuerzos globales por erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro.
Aunque el reglamento entró en vigor el 13 de diciembre de 2024, su aplicación efectiva comenzará el 14 de diciembre de 2027, dando un período transitorio de tres años para que empresas y autoridades adapten sus procesos a las nuevas exigencias. Ese período de transición permitirá que las partes involucradas implementen procesos de diligencia debida y adopten herramientas tecnológicas que aseguren el cumplimiento normativo.
La prohibición explícita de productos asociados al trabajo forzoso es el núcleo de esta regulación. Abarca tanto bienes producidos dentro del territorio de la Unión Europea como aquellos importados de terceros países. Este enfoque universal no discrimina por origen y asegura que los estándares éticos europeos se apliquen a todos los productos presentes en el mercado, sin excepciones.


